LIBRO PRIMERO Organización Judicial ›
TÍTULO XVI Instituto de Defensoría de Oficio ›
Artículo 428
En cualquier etapa del proceso, y cuantas veces lo estime necesario el Juez, o el Agente del Ministerio Público en su caso, podrá revocar la designación hecha y nombrar un nuevo defensor de oficio por causa justificada.
Para funciones avanzadas como Exportar y Análisis IA
Activar Funciones GratisLeer contexto cercano:
Art. 430
La Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, previa consulta con los defensores de oficio, elaborar el Reglamento que determine sus atribuciones, el reparto de los procesos y demás asuntos que sean de su conocimiento, según la jerarquía y la forma de atender los asuntos de su cargo.
Art. 426
El solicitante tiene derecho a objetar, en forma verbal o escrita, por causa razonable y por una sola vez, en cualquier etapa del proceso, la designación del defensor de oficio, en cuyo caso el Juez o Agente del Ministerio Público, en su caso, apreciará si existe o no motivo justificado para hacer una nueva designación, y si ello es así procederá a nombrar al recusante un nuevo defensor de oficio.
Art. 427
En los procesos de menor cuantía, de alimentos, cambios de apellidos, y en cualquier otro proceso relacionado con el derecho de familia que termine con resolución que no hace transito a cosa juzgada, las partes podrán designar como voceros a un estudiante regular de los últimos dos años de la Facultad de Derecho, siempre y cuando estos actúen bajo la supervisión y responsabilidad de un abogado. Para estos efectos el designado como vocero debe acompañar certificación de la Facultad de Derecho que acrediten su condición de estudiante de los dos últimos años de la Facultad de Derecho o de formar parte de un Consultorio Jurídico Popular.
Art. 429
El defensor de oficio no podrá ejercer las facultades de recibir, desistir y transigir. En casos especiales, con autorización de representación y del Juez, podrá el defensor de oficio transigir.
¿Necesitas analizar esta ley con IA?
Regístrate en Jurídica para usar a Lex, guardar casos y descargar en Word.