Título III Titular de la Defensoría del Pueblo Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial

Artículo 35

La Junta Técnica de la Carrera Defensorial tendrá las siguientes funciones:

1. Asesorar al defensor del pueblo en la administración del recurso humano.

2. Aprobar los lineamientos, manuales y reglamentación de la Carrera Defensorial.

3. Aprobar los lineamientos para las evaluaciones del desempeño.

4. Aprobar el plan anual de capacitaciones y desarrollo profesional de la institución. La Junta Técnica adoptará sus decisiones, lineamientos, manuales y demás instrumentos por medio de resoluciones administrativas.

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