Artículo 28
La Defensoria del Pueblo tendrá el recurso humano necesario para su gestión, la cual garantizará que esté compuesto con la representación de cada uno de los sectores que integran la sociedad; para lo cual, mantendrá las unidades administrativas necesarias.
La Defensoria del Pueblo elaborará un manual de descripción y clasificación de puestos, el cual deberá estar publicado en la página web.
Cada cargo tendrá la descripción específica de las tareas inherentes con la definición de los deberes, responsabilidades y requisitos mínimos para ocuparlo que aseguren una composición de personal, que posea las habilidades necesarias para cumplir con el mandato de la institución.
Cada puesto tendrá un grado asignado según su complejidad y jerarquía.
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