LIBRO PRIMERO Organización Judicial TÍTULO VIII Secretarios y demás Subalternos de los Tribunales CAPÍTULO Unico Deberes y Prohibiciones

Artículo 186

Los escritos a que se refiere el ordinal 17 del artículo 183 que no sean rechazados o devueltos el mismo día de su presentación, se agregarán al expediente.

El Juego o los Magistrados del conocimiento, pueden imponer, como pena correccional a los signatarios de tales escritos injuriosos u ofensivos, las sanciones establecidas en la Ley para los que les falten el debido respeto en el ejercicio de sus funciones.

Para funciones avanzadas como Exportar y Análisis IA

Activar Funciones Gratis

¿Necesitas analizar esta ley con IA?

Regístrate en Jurídica para usar a Lex, guardar casos y descargar en Word.

Crear Cuenta Gratis