LIBRO IV NORMAS PROCESALES TÍTULO I OBJETO DEL PROCESO CAPÍTULO I DEMANDA - CONTESTACIÓN

Artículo 553

La demanda debe contener:

1. La designación del Juez a quien se dirige;

2. El nombre de las partes y el de sus representantes, si aquellas no comparecen o no pueden comparecer por sí mismas; su vecindad, residencia y dirección si es conocida, o la afirmación de que se ignora la del demandado, bajo juramento;

3. Lo que se demanda, expresando con claridad y precisión los hechos u omisiones;

4. La cuantía o estimación, si no se pide una suma líquida o determinada de dinero, salvo que se trate de peticiones de naturaleza no pecuniaria;

5. Los fundamentos de derecho en que se apoya. Cuando el trabajador pueda litigar en causa propia no será necesario este último requisito.

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