Artículo 34
Alternativas dentro de la familia consanguínea.
La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia procederá a coordinar la búsqueda de alternativa familiar al niño, niña o adolescente en presunto estado de privación del derecho a la familia, investigando a la familia consanguínea para determinar que deseen la custodia y que sean idóneos para cuidar del niño, niña y adolescente, para lo cual se asesorará científicamente con el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses para realizar las pruebas periciales de ADN que confirmen el vínculo de parentesco, así como para la realización de todas aquellas experticias científicas que sean requeridas, y los informes periciales serán remitidos a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia previa nota de solicitud.
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