LIBRO CUARTO De las Obligaciones en General y de los Contratos TÍTULO XVII De la Concurrencia y Prelación de Créditos CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Artículo 1655

La declaración de concurso incapacita al concursado para la administración de sus bienes y para cualquiera otra que por la ley le corresponda.

Será rehabilitado en sus derechos terminado el concurso, si de la calificación de éste no resultase otra causa que lo impida.

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