LIBRO CUARTO De las Obligaciones en General y de los Contratos TÍTULO XIV De los Contratos de Prenda, Hipoteca y Anticresis CAPÍTULO II De la Prenda

Artículo 1559

Si la prenda produce intereses, compensará el acreedor los que perciba con los que le deben; y, si no se le deben, o en cuanto excedan de los legítimamente debidos, los imputará al capital.

Para funciones avanzadas como Exportar y Análisis IA

Activar Funciones Gratis

¿Necesitas analizar esta ley con IA?

Regístrate en Jurídica para usar a Lex, guardar casos y descargar en Word.

Crear Cuenta Gratis