LIBRO VII.- De los Procedimientos Administrativos en Materia Fiscal TÍTULO III.- Procedimiento Penal Común CAPÍTULO II.- De la Tramitación

Artículo 1317

Cuando el funcionario competente de primera instancia lo estime necesario podrá ordenar que se practiquen las diligencias de investigación, en cuyo caso se aplicarán las disposiciones pertinentes del Capítulo ll, Título ll, de este Libro.

Estas investigaciones deberán ser practicadas por el empleado a quien el funcionario competente de primera instancia designe para tal efecto.

Para funciones avanzadas como Exportar y Análisis IA

Activar Funciones Gratis

¿Necesitas analizar esta ley con IA?

Regístrate en Jurídica para usar a Lex, guardar casos y descargar en Word.

Crear Cuenta Gratis