LIBRO V.- De la Administración y Fiscalización del Tesoro Nacional TÍTULO I.- De la Dirección del Tesoro Nacional CAPÍTULO II.- De la Dirección Activa del Tesoro

Artículo 1065

La reglamentación de las Oficinas Recaudadoras compete al Organo Ejecutivo, el cual la efectuará mediante decretos dictados dentro de los límites establecidos en este Libro.

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