LIBRO SEGUNDO LOS DELITOS Título IX Delitos contra la Seguridad Colectiva Capítulo V Delitos Relacionados con Drogas

Artículo 324

Para los efectos de la ley penal, droga es toda sustancia que produzca dependencia física o síquica, como los narcóticos, fármacos, estupefacientes y todos aquellos productos, precursores y sustancias químicas esenciales que sirven para su elaboración, transformación o preparación, de conformidad con las disposiciones legales en materia de salud, convenios y acuerdos internacionales vigentes en la República de Panamá.

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