LIBRO PRIMERO Del Comercio en General TÍTULO I De la Capacidad Comercial y de los Comerciantes CAPÍTULO III Del Nombre Comercial

Artículo 40

La razón comercial no podrá contener la indicación de empresas que no estén relacionadas con el negocio a que corresponde.

Tampoco se podrá conservar en la razón comercial la indicación de un negocio que se haya totalmente modificado.

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