LIBRO TERCERO DE LA PARTICIPACIÓN DEL ESTADO EN LA POLÍTICA FAMILIAR TÍTULO III DE LAS INSTITUCIONES DE BIENESTAR SOCIAL CAPÍTULO II DE LOS ASPECTOS DE SALUD

Artículo 692

La familia, en interacción con el apoyo de la comunidad y del Estado, debe realizar esfuerzos organizados para mejorar, proteger y mantener su salud integral.

Entiéndase por salud integral el completo bienestar físico y psicosocial del ser humano y de su familia.

La salud integral de la familia es el resultado de la interacción del estado de salud de cada uno de sus miembros.

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