TÍTULO III DERECHOS Y DEBERES INDIVIDUALES Y SOCIALES CAPÍTULO 3º EL TRABAJO

Artículo 74

Ningún trabajador podrá ser despedido sin justa causa y sin las formalidades que establezca la Ley.

Esta señalará las causas justas para el despido, sus excepciones especiales y la indemnización correspondiente.

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