Artículo 293
infracciones o contravenciones formales relacionadas con la obligación de declarar.
Constituyen infracciones formales relacionadas con la obligación de presentar declaraciones y comunicaciones:
1. No presentar declaraciones o comunicaciones, o presentarlas tardíamente.
La sanción consistirá en multa de cien balboas (B/.100.00) para las personas naturales, y de quinientos balboas (B/.500.00) para las personas jurídicas.
2. Presentar declaración rectificativa con posterioridad al plazo establecido en el artículo 199, cuando la ley disponga la posibilidad de presentar una rectificativa tardía.
La sanción consistirá en multa de cien balboas (B/.100.00) en el caso de las personas naturales, y de quinientos balboas (B/.500,00) en el caso de las personas jurídicas.
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