Artículo 621
Causas que comprende. Se tramitarán por el procedimiento sumario los siguientes asuntos contenciosos y los siguientes asuntos en consideración a su naturaleza:
1. Las acciones relativas a la indemnización de daños y perjuicios derivados de colisiones o accidentes de tránsito.
2. Las acciones sobre impugnación de actos o decisiones de asambleas generales o de juntas directivas de sociedades o cualquier persona jurídica de derecho privado cuando con ello se contravenga la ley, el pacto social o constitutivo, o los estatutos.
3. Las concernientes a la disolución y liquidación de sociedades o de cualquier persona jurídica de derecho privado por las causales previstas en el acto constitutivo o en la ley sustancial.
4. Las servidumbres, cualquiera que sea su origen y naturaleza y con las indemnizaciones a que diera lugar, división y venta de bien común, interdictos y demás procesos posesorios, controversias derivadas del derecho de accesión respectivo a bienes inmuebles y rendición de cuentas.
5. Las controversias que surjan sobre contratos de arrendamientos, transporte terrestre, depósito, mandato, comodato, aparcería, hospedaje y derecho de retención.
6. Las causas relativas al cobro judicial de honorarios de abogados, médicos, contadores, arquitectos, constructores, ingenieros y demás personas que ejerzan una profesión mediante título expedido por autoridad competente, así como cualquier controversia que surja por razón de cobro de dichos honorarios. Si los honorarios de peritos y abogados y demás auxiliares de la jurisdicción proceden de su intervención en un proceso, podrán también reclamarse dentro de este, por la vía del incidente, mientras el expediente se encuentre en el tribunal. La presentación del incidente de cobro de honorarios profesionales de abogados dentro del mismo proceso implica la renuncia tácita al poder, debiendo procederse en la forma establecida en este Código. En este caso, el auto admisorio será notificado personalmente a la parte requerida para el pago.
7. Las controversias surgidas entre copropietarios.
8. Las cuestiones entre copropietarios surgidas de la administración y demás acciones que se promuevan por aplicación de la Ley de Propiedad Horizontal, salvo que las leyes especiales establezcan otra clase de procedimiento.
9. Las causas por cobro de alquileres atrasados cuando el acreedor no pueda acudir a la vía ejecutiva.
10. Las causas de prescripción adquisitiva de dominio de bienes inmuebles, ya sea ordinaria o extraordinaria.
11. Las causas que tengan por objeto la ampliación, división o cancelación de una hipoteca o de cualquier otro gravamen o el proceso que tenga por objeto cualquier acción referente a tales gravámenes.
12. Las causas relativas a la obligación de otorgar escritura pública, así como los procesos que tengan por objeto la obligación de otorgar un contrato o exigir el cumplimiento de las formalidades para la existencia o validez de cualquier acto o contrato.
13. Las controversias surgidas con motivo de procesos interrogatorios en los casos en que la ley sustancial o el contrato le confiera a una persona el derecho a requerirle a otra que escoja una opción o adopte determinada acción o decisión.
14. Las causas originadas de procesos de daños y perjuicios, de cualquier clase, resultantes de actos u omisiones en un proceso.
15. Las oposiciones o controversias que surjan en procesos de jurisdicción voluntaria.
16. Las causas que en leyes especiales ordenen tramitar por esta vía.
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