LIBRO PRIMERO Disposiciones Generales Título I Jurisdicción y Competencia Capítulo II Competencia

Artículo 18

Usurpación de competencia. Los jueces y magistrados usurpan competencia:

1. Cuando la ejercen antes de adquirirla o después de perderla o de estar en suspenso.

2. Cuando conocen o proceden contra resolución ejecutoriada del superior.

3. Cuando se toman mayores facultades de las que se les concede en la comisión.

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Art. 16
Pérdida de la competencia. La competencia se pierde en un proceso determinado por: 1. Haberse decidido que el proceso corresponde a otro tribunal. 2. La terminación del proceso, diligencia, recurso o comisión. 3. Haberse vencido el término para proferir la sentencia de primera instancia.
Art. 17
Suspensión de la competencia. La competencia se suspende temporalmente en uno o más procesos determinados: 1. Por apelación concedida en efecto suspensivo, desde que se ejecutoria la resolución en que se otorgue. 2. Por impedimento justificado para conocer del proceso, desde el día en que el juez o magistrado manifieste la causal hasta aquel en que, por haber sido declarado que no es legal su impedimento, los autos vuelven a su conocimiento. 3. Por recusación, desde que el juez o magistrado reciba aviso oficial de haber sido presentada hasta que se le comunique, también oficialmente, que ha sido negada. 4. Por la suspensión del curso del proceso en los casos previstos en este Código o por acuerdos de las partes.
Art. 19
Competencia subjetiva. La competencia subjetiva es aquella que atribuye conocimiento al juez en razón de la calidad de la persona. El juez que tiene competencia respecto de una persona la tiene también respecto de las personas a quienes ella representa legalmente. La competencia subjetiva no variará en el curso del proceso y se mantendrá hasta que concluya el proceso, aunque cambie la calidad de la persona.
Art. 20
Competencia objetiva. La competencia objetiva es aquella que, atendiendo al objeto del proceso, permite determinar el tribunal que deba conocer de un asunto en primera instancia debido a la cuantía, la materia o la naturaleza de la pretensión ejercitada.

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