CAPITULO III De la Conciliación y Mediación Comunitaria

Artículo 14

Tanto la conciliación, como la mediación comunitaria son de carácter confidencial, por tanto el mediador, el conciliador, las partes, asesores, expertos, observadores y toda persona que participe en la misma, no podrá divulgar a terceros la información relativa al proceso, ni aquella que ha sido obtenida durante su desarrollo.

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