Artículo 1172-W. (Transitorio)
Se crean, durante el año 2009 y por una sola vez, monedas de cobre y niquel de cincuenta centésimos de balboa (B/.0.50) para conmemorar el Centenario del Banco Nacional de Panamá, institución que ha contribuido, durante sus cien años de existencia, al desarrollo y crecimiento de la economía del país.
Cada moneda tendrá un diámetro de treinta milímetros con sesenta y un centésimos de milímetro (30,61 mm) y un peso de once gramos con treinta y cuatro centésimas de gramo (11.34).
La Capa exterior será de una aleación de setenta y cinco por ciento (75%) de cobre y veinticinco por ciento (25%) de níquel, y el centro será totalmente de cobre.
La moneda conmemorativa al Centenario del Banco Nacional de Panamá tendrá, en el anverso, en el centro, el diseño del edificio de la Casa Matriz del Banco Nacional de Panamá; en el borde superior, el nombre de BANCO NACIONAL DE PANAMA; en el borde inferior, la frase CINCUENTA CENTESIMOS DE BALBOA, debajo del diseño del edificio, centrada la inscripción 2904.2004, y al lado izquierdo superior, la palabra CENTENARIO.
En el reverso de la moneda, en el centro, llevará el Escudo de Armas de la República; en el contorno de la parte superior; la frase "República de Panamá"; y en la parte inferior, el año 2009 en cifras.
El borde la moneda será estriado.
Estas monedas podrán tener variaciones en diámetro y peso, dentro de un límite o margen de tolerancia que, en ningún caso, podrá sobrepasar el cinco por ciento (5%) de las especificaciones aquí señaladas.
Esta acuñación consistirá en cuatro millones de monedas de calidad corriente y dos mil monedas de calidad de prueba.
Artículo adicionado por la Ley 9 de 19 de Enero de 2009, Gaceta 26,205.
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