LIBRO V.- De la Administración y Fiscalización del Tesoro Nacional TÍTULO I.- De la Dirección del Tesoro Nacional CAPÍTULO I.- Disposiciones Generales

Artículo 1059

Son Recaudadores los empleados encargados de cobrar los dineros que deban ingresar al Tesoro Nacional.

Son Liquidadores los empleados a quienes compete el reconocimiento de los créditos a favor del Tesoro Nacional.

Son Pagadores Oficiales los empleados encargados de entregar a los acreedores del Tesoro los dineros que se adeuden.

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