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CAPÍTULO III Bases y Compilaciones de Datos
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Art. 33
Art. 33
Las bases o compilaciones de datos o de otros materiales, legibles por máquina o en cualquier otra forma, están protegidas siempre que por la selección o disposición de las materias constituyan creaciones intelectuales.
La protección así reconocida no se hace extensiva a los hechos, datos, informaciones o material compilados en sí mismos, pero no afecta los derechos intelectuales que pudieran subsistir sobre las obras o materiales que conforman la compilación.
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