Título XIII Delitos contra el Ambiente y el Ordenamiento Territorial
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La autoridad o el servidor público que haya aprobado proyectos de edificación o la concesión de licencias contrarios a las normas de ordenamiento territorial o a las normas urbanísticas vigentes será sancionado con prisión de cuatro a seis años.
Quien incumpliendo la normativa existente construya o urbanice poniendo en grave riesgo al ambiente o la vida de la población será sancionado con prisión de dos a cuatro años.
Quien, mediante actos de crueldad, cause la muerte o lesione gravemente a un animal usado como mascota será sancionado con cien a doscientos días-multa o trabajo comunitario.
Cuando los delitos previstos en los artículos 401, 405, 407, 414 y 421 se cometan por culpa, la pena se reducirá de un tercio a la mitad.
Pruebas en las acciones restaurativas.
La prueba de las acciones restaurativas en el procedimiento penal se sujetará a las disposiciones del proceso civil, en lo relativo a la determinación de la parte que debiera probar, y a las normas de este Código, en cuanto a su procedencia, oportunidad, forma de rendirla y apreciación de su fuerza probatoria.
Votación de los jueces.
Los jueces deliberarán y votarán todas las cuestiones apreciando las pruebas de un modo integral y según las reglas de la sana crítica.
Las decisiones se adoptarán por mayoría.
Cuando hubiera disidencia, el Juez fundará separadamente su voto.
Los jueces deliberarán en un plazo máximo de veinticuatro horas.
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