LIBRO II.- De los Servicios Nacionales ›
TÍTULO II.- Registros y Archivos Públicos ›
CAPÍTULO I.- Registro Público
Artículo 316
(Derogado) Artículo derogado por la Ley 3 de 6 de enero de 1999, Gaceta 23,709
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Art. 314
(Derogado) Artículo derogado por la Ley 3 de 6 de enero de 1999, Gaceta 23,709.
Art. 315
(Derogado) Artículo derogado por la Ley 3 de 6 de enero de 1999, Gaceta 23,709
Art. 317
(Derogado) Artículo derogado por la Ley 3 de 6 de enero de 1999, Gaceta 23,709
Art. 317-A
La reserva de nombre de una sociedad en el Registro Público causará un derecho de Veinticinco Balboas (B/.25.00). Artículo adicionado por Decreto-Ley 5 de 2 de julio de 1997, Gaceta 23,327
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