Artículo 106
En el Pleno y en las Salas, los asuntos, expedientes, demandas y recursos, serán todos numerados; luego se insacularán bolas numeradas de manera que los de éstas correspondan con los de aquellos.
Las bolas se sacarán a la suerte y el número de cada bola extraída designará el expediente que tenga número igual.
Del sorteo así efectuado se extenderá un acta pormenorizada que llevará al margen el nombre del Magistrado a quien corresponda cada negocio.
Dich a acta la firmará el Presidente de la Corte, junto con el Secretario General, cuando se refiera a asuntos atribuidos al Pleno, a la Sala a que el primero pertenece y a la de Negocios Generales; y el Presidente de Sala y el Secretario respectivo si se trata de negocios atribuidos a las demás Salas.
En el mismo acto de reparto, dichos funcionarios pondrán en cada asunto una providencia para indicar el Magistrado a quien haya sido adjudicado.
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