LIBRO PRIMERO Del Comercio en General TÍTULO X Del Transporte Terrestre CAPÍTULO II Del Transporte Ajustado con Empresas Públicas

Artículo 711

Las empresas públicas de transporte tendrán la obligación de recibir y transportar pasajeros y mercancías a los precios fijados en su tarifa, siempre que el remitente se someta a las disposiciones que regulen el transporte y a las demás de carácter general de dichas empresas.

La negativa que no tenga apoyo en la ley, hará incurrir a la empresa en responsabilidad y dará derecho al perjudicado para reclamar daños y perjuicios.

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