Título I Obligación de Alimentos Capítulo I Disposiciones Fundamentales

Artículo 1

Principios. Esta Ley regula el derecho a recibir alimentos y la obligación de darlos, y se fundamenta en los siguientes principios, que se considerarán mínimos y no excluyentes de otros que incidan sobre el derecho alimentario:

1. Respeto a los derechos humanos de las personas.

2. Interés superior de los niños, niñas y adolescentes.

3. Respeto a la vida de la embarazada y la vida prenatal.

4. Protección a los derechos de las personas con discapacidad.

5. Igualdad de los derechos y obligaciones de los cónyuges.

6. Igualdad de los hijos.

7. Igualdad de responsabilidades entre los obligados a dar alimentos.

8. Preferencia en la ejecución de la obligación alimentaria frente a cualquier otro tipo de obligación.

9. Proporcionalidad entre los ingresos o responsabilidades de los obligados y las necesidades de quienes tienen derecho a recibirlos.

10. Los demás principios previstos sobre esta materia en la Constitución Política de la República de Panamá, leyes, decretos leyes, decretos de gabinete, decretos, reglamentos y tratados o convenios internacionales ratificados por la República de Panamá.

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