Libro Quinto Del Notariado y Registro Público TÍTULO I Del Notariado CAPÍTULO I De los Notarios Públicos

Artículo 1713

La interrupción de la prescripción contra el deudor principal por reclamación judicial de la deuda surte efecto también contra su fiador; pero no perjudicará a éste la que se produzca por reclamaciones extrajudiciales del acreedor o reconocimientos privados del deudor.

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