LIBRO CUARTO De las Obligaciones en General y de los Contratos TÍTULO II De los Contratos CAPÍTULO II De los Requisitos Esenciales Para la Validez de los Contratos

Artículo 1125

En los contratos onerosos se entiende por causa, para cada parte contratante, la prestación o promesa de una cosa o servicio por la otra parte; en los remuneratorios, el servicio o beneficio que se remunera, y en los de pura beneficencia, la mera liberalidad del bienhechor.

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