LIBRO TERCERO De la Sucesión por Causa de Muerte y de las Donaciones entre Vivos ›
TÍTULO III De los Testamentos ›
CAPÍTULO XIII De la Institución de Heredero y del Legado, Condicional o a Término
Artículo 805
Cuando, sin culpa o hecho propio del heredero o legatario, no pueda tener efecto la institución o el legado de que trata el Artículo precedente, en los mismos términos que haya ordenado el testador, deberá cumplirse en otros, los más análogos y conformes a su voluntad.
Cuando el interesado en que se cumpla o no, impidiere su cumplimiento, sin culpa o hecho propio del heredero o legatario, se considerará cumplida la condición.
Para funciones avanzadas como Exportar y Análisis IA
Activar Funciones GratisLeer contexto cercano:
Art. 803
Cuando la condición fuere casual o mixta, bastará que se realice o cumpla en cualquier tiempo, vivo o muerto el testador, si éste no hubiese dispuesto otra cosa.
Si hubiese existido o se hubiese cumplido al hacerse el testamento, y el testador lo ignoraba, se tendrá por cumplida.
Si lo sabía, sólo se tendrá por cumplida cuando fuere de tal naturaleza que no pueda ya existir o cumplirse de nuevo.
Art. 804
La expresión del objeto de la institución o legado, o la aplicación que haya de darse a lo dejado por el testador, o a la carga que él mismo impusiere, no se entenderán como condición, a no parecer que ésta era su voluntad.
Lo dejado de esta manera puede pedirse desde luego, y es transmisible a los herederos que afiancen el cumplimiento de lo mandado por el testador, y la devolución de lo percibido, con sus frutos e intereses, si faltaren a esta obligación.
Art. 806
La condición suspensiva no impide al heredero o legatario adquirir sus respectivos derechos y transmitirlos a sus herederos, aun antes de que se verifique el cumplimiento.
Art. 807
Si la condición potestativa impuesta al heredero o legatario fuere negativa, o de no hacer o no dar, cumplirán con afianzar que no harán o no darán lo que fue prohibido por el testador, y que, en caso de contravención, devolverán lo percibido con sus frutos e intereses.
¿Necesitas analizar esta ley con IA?
Regístrate en Jurídica para usar a Lex, guardar casos y descargar en Word.