LIBRO SEGUNDO De los Bienes y de su Dominio, Posesión, Uso y Goce TÍTULO XI De la Reivindicación CAPÍTULO I De las Cosas que Pueden Reivindicarse

Artículo 584

Los otros derechos reales pueden reivindicarse como el dominio, excepto el derecho de herencia.

Este derecho produce la acción de petición de herencia de que se trata en el Código Judicial.

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