Artículo 217
Requisitos para ser juez ejecutor. Para ser juez ejecutor, al momento de la designación, se debe cumplir con los requisitos siguientes:
1. Ser ciudadano panameño y mayor de treinta años.
2. Haber ejercido como abogado por un periodo no menor de cinco años en las especialidades de derecho administrativo, procesal o tributario.
3. No haber sido condenado ni hallarse procesado por delitos dolosos, ni haber sido destituido por medidas disciplinarias en la Administración Pública o el Organo Judicial.
4. No ser pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del presidente de la República, de los ministros de Estado ni del director general de Ingresos o de los magistrados del Tribunal Administrativo Tributario. El despacho del juez ejecutor se integrará con una secretaría de trámites, que será la encargada del manejo y custodia de los expedientes. Para ser secretario de trámites se requieren los mismos requisitos que para ocupar el cargo de juez ejecutor.
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