LIBRO TERCERO PROCEDIMIENTO PENAL ›
Título VII Procedimientos Especiales ›
Capítulo II Juicios Penales ante la Corte Suprema de Justicia
Artículo 498
Reemplazo del Magistrado.
El Magistrado que ejerce las funciones de Juez de Garantías será reemplazado por su suplente en el juicio.
Dicho Magistrado también tendrá a su cargo la etapa intermedia del juicio.
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Art. 496
Control constitucional y revisión. En las decisiones que dicte el Pleno de la Corte en las causas que se sigan contra un Diputado, quedarán salvaguardadas las acciones constitucionales y la revisión de la causa.
Art. 497
Encargo de roles. En los procesos penales que sean de conocimiento de la Sala Penal de la Corte Suprema Justicia, esta Sala designará a uno de sus miembros para que ejerza las funciones de Juez de Garantías.
Art. 499
Recursos. Los recursos contra las decisiones del Magistrado que ejerza las funciones de Juez de Garantías serán resueltos por el resto de los Magistrados de la Sala Penal.
Art. 500
Condición de inimputabilidad. Cuando en cualquier fase del proceso quede comprobada la condición de inimputabilidad del acusado, aquel se suspenderá en la fase que se encuentre y los subsiguientes trámites se regirán por lo dispuesto en este Capítulo.
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