LIBRO SEGUNDO ACTIVIDAD PROCESAL Título I Actos Procesales Capítulo II Plazos

Artículo 144

Fijación de plazos por el Juez.

El Juez o Magistrado fijará los plazos cuando la ley no los haya fijado, de conformidad con la naturaleza del proceso y la importancia del acto o diligencia, teniendo en cuenta los derechos de las partes y procurando siempre que no exceda de lo necesario para los fines consiguientes.

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