LIBRO SEGUNDO JURISDICCIÓN AGRARIA Título V Métodos Alternos de Resolución de Conflictos y Medidas Provisionales Capítulo II Mediación

Artículo 212

La mediación es una forma alterna de resolución de conflictos, cuyo objetivo es buscar y facilitar la comunicación entre las partes, mediante la intervención de un tercero idóneo, llamado mediador, para el logro de un acuerdo proveniente de estas, que ponga fin al conflicto o controversia.

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