LIBRO III Sanidad Internacional, Epidemiología, Profilaxis y Medicina Preventiva. TÍTULO IV Estadística, Enfermería, Educación y Propaganda Sanitaria, Centros De Salud, Laboratorios e Investigación CAPÍTULO I Estadística

Artículo 165

Todos los servicios públicos o privados de atención preventiva o curativa, incluyendo sociedades mutualistas, laboratorios, etc., deberán proporcionar a la misma dirección, un resumen mensual de sus actividades.

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Art. 163
Sin perjuicio de las actividades de la Dirección de Estadística de la Contraloría General de la república, la Dirección General de Salud Pública tendrá a su cargo la recolección, clasificación, tabulación, análisis y publicación de los datos biodemográficos, que incluyan la nacionalidad, mortalidad y morbilidad de la población, poniendo debido énfasis en los datos relacionados con las enfermedades transmisibles.
Art. 164
Los oficiales auxiliares del Registro Civil deberán remitir semanalmente a la Dirección General de Salud Pública los datos que recojan en sus respectivas oficinas sobre natalidad, mortalidad, matrimonios, divorcios, etc., para lo cual utilizarán los métodos y fórmulas que determine.
Art. 166
El último médico que suministre atención a un paciente dentro de las 24 horas anteriores a su fallecimiento está obligado a extender el certificado de defunción, en el cual establecerá la causa de muerta siguiendo la clasificación internacional de causas de muerte que recomiende oficialmente la Oficina Sanitaria Panamericana. En los casos en que el paciente muera sin atención médica dentro de las 24 horas anteriores al fallecimiento y en los casos médicos-legales, intervendrá el médico forense de la localidad quien expedirá el certificado de defunción correspondiente basado en los hallazgos de la autopsia, si ésta se considera necesaria.
Art. 167
La oficina de estadística de la Dirección General de Salud Pública, una vez al año por lo menos, imprimirá una recopilación de las tablas estadísticas de mortalidad, morbilidad, matrimonios y divorcios; enfermedades transmisibles; estudios biométricos; accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, estadística de hospitales; trabajos desarrollados por las dependencias de salud pública; metereología; y todo asunto que interese para la formación de una geografía médica nacional.

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