Artículo 166
Formas comunes de los memoriales. La presentación de memorial o escrito contentivo de la demanda, la contestación y petición se sujetará a las siguientes reglas generales:
1. El documento será presentado ante la respectiva oficina de servicios comunes o ante la Secretaría Judicial del Tribunal, en formato electrónico o soporte físico, con indicación expresa, en el margen superior de la primera página, del tipo de proceso de que se trate y la mención de las partes, así como la identificación de la instancia judicial al cual se dirige.
2. Presentado el escrito, el tribunal le dará el curso que corresponda de acuerdo con la finalidad que resulte de su contenido, aunque adolezca de algunas de las características comunes descritas en el numeral anterior u otro aspecto de carácter meramente formal.
3. Lo dispuesto en los numerales anteriores se aplicará también a todo recurso, incidente, excepción o petición que se presente en el curso del proceso.
4. Toda actuación judicial se efectuará en idioma español. Los documentos anexos a los memoriales, redactados en otro idioma, deberán presentarse al tribunal con la traducción, dentro de los diez días siguientes a su recibo.
5. El tribunal deberá contar con las facilidades para recibir documentos o tomar declaraciones presentadas por persona que no hable español o que no pueda comunicarse por tener alguna limitación auditiva o visual, incluyendo la designación de intérprete oficial o quien designe la interesada, así como la disponibilidad de sistemas de lectura y escritura para personas con discapacidad visual y de señas para las personas que tengan limitación del lenguaje o habla.
6. De todo escrito presentado se deberá extender acuse de recibo por parte del tribunal respectivo, para constancia de la hora y fecha de su presentación, en el mismo soporte o formato que haya ingresado.
7. Toda demanda o petición presentada al tribunal, que deba darse en traslado a otra parte, será acompañada de copia con la cual se surtirá el traslado. Las copias serán cotejadas con sus respectivos originales en el momento de su publicación en el expediente electrónico o de su presentación y con estas se surtirá el traslado.
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