Art. 1172 M (Transitorio).
Se crea, durante los años 2014 y 2015, por una sola vez, una colección de monedas de cuproníquel de veinticinco centésimos de balboa (B/.0.25) en conmemoración del Centenario del canal de Panamá, por un valor nominal o facial de hasta tres millones de balboas (B/.3,000,000.00). Cada moneda tendrá una composición metálica tipo sándwich, con una capa superior e inferior compuesta por una aleación metálica de 75% de cobre y 25% de níquel, y la capa intermedia será totalmente de cobre. El peso total de la moneda será de cinco gramos con seiscientos setenta miligramos (5.670 g) y tendrá un diámetro de veinticuatro milímetros con veintiséis centésimos de milímetros (24,26 mm). Llevará las siguientes inscripciones: En el anverso, contendrá uno de los distintos diseños alusivos a los hitos más importantes en la historia del canal de Panamá. En el reverso, en el centro, el Escudo Nacional; en el contorno, en la parte superior, la frase REPUBLICA DE PANAMA, y en la parte inferior, el y año de acuñación en cifras. El borde de la moneda será estriado. En el anverso, los diseños a que hace referencia el párrafo anterior, son los siguientes; 1. Construcción del canal de Panamá. En el centro, a colores, en alta resolución y que permita su uso en condiciones normales, la imagen de dos trabajadores realizando faenas de excavación. En la parte superior, hacia el borde de la moneda y centrado, la denominación UN CUARTO DE BALBOA en letras, y en la parte inferior, hacia el borde de la moneda y centrado, la frase 1907 CONSTRUCCION DEL CANAL DE PANAMA. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para acuñar hasta dos millones de monedas con este diseño, las cuales tendrán la descripción y composición metálica establecida en este artículo. 2. Primer tránsito por el canal de Panamá. En el centro, a colores, en alta resolución y que permita su uso en condiciones normales, la imagen del Vapor Ancón realizando la travesía inaugural del canal de Panamá. En la parte superior, hacia el borde de la moneda y centrado, la denominación UN CUARTO DE BALBOA en letras, y en la parte inferior; hacia el borde de la moneda y centrado, la frase 1914 PRIMER TRANSITO POR EL CANAL DE PANAMA. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para acuñar hasta dos millones de monedas con este diseño, las cuales tendrán la descripción y composición metálica establecida en este artículo. 3. Reversión del canal de Panamá. En el centro, a colores, en alta resolución y que permita su uso en condiciones normales, la imagen del edificio de la Administración del Canal de Panamá, con la Bandera Nacional ondeando, y personas en sus predios. En la parte superior, hacia el borde de la moneda y centrado, la denominación UN CUARTO DE BALBOA en letras, y en la parte inferior, hacia el borde de la moneda y centrado, la frase 1999 REVERSION DEL CANAL DE PANAMA. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para acuñar hasta dos millones de monedas con este diseño, las cuales tendrán la descripción y composición metálica establecida en este artículo. 4. Inicia ampliación del canal de Panamá. En el centro, a colores, en alta resolución y que permita su uso en condiciones normales, la imagen conceptual del tercer juego de esclusas del canal de Panamá. En la parte superior, hacia el borde de la moneda y centrado, la denominación UN CUARTO DE BALBOA en letras, y en la parte inferior, hacia el borde de la moneda y centrado, la frase 2007 INICIA AMPLIACION DEL CANAL DE PANAMA. Se autoriza al Ministerio de Economía y finanzas para acuñar hasta dos millones de monedas con este diseño, las cuales tendrán la descripción y composición metálica estableada en este artículo. 5. Cien años del canal de Panamá. En el centro, a colores, en alta resolución y que permita su uso en condiciones normales, un barco en las esclusas del canal de Panamá. En la parte superior, hacia el borde de la moneda y centrado, la denominación UN CUARTO DE BALBOA en letras, y en la parte inferior, hacia el borde de la moneda y centrado, la frase 2014 CIEN AÑOS DEL CANAL DE PANAMA. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para acuñar hasta dos millones de monedas con este diseño, las cuales tendrán la descripción y composición metálica establecida en este artículo. 6. Un siglo uniendo al mundo. En el centro, a colores, en alta resolución y que permita su uso en condiciones normales, la imagen del logo oficial del Centenario del canal de Panamá. En la parte superior, hacia el borde de la moneda y centrado, la denominación UN CUARTO DE BALBOA en letras, y en la parte inferior, hacia el borde de la moneda y centrado, la frase 1914-2014 UN SIGLO UNIENDO AL MUNDO. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para acuñar hasta dos millones de monedas con este diseño, las cuales tendrán la descripción y composición metálica establecida en este artículo. Igualmente, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante los años 2014 y 2015, para acuñar tres mil monedas de plata fina de ley de calidad de prueba de veinte balboas (B/.20.00), adicional a la suma señalada en los numerales anteriores. Se acuñarán tres mil monedas de calidad de prueba, a razón de quinientas monedas, de cada uno de los seis diseños autorizados en esta Ley. Las monedas de calidad de prueba estarán agrupadas en quinientos sets o estuches para coleccionistas, que posean una terminación cónsona con la solemnidad de la ocasión que se conmemora. Cada moneda de calidad de prueba tendrá un contenido metálico de plata fina de ley con una pureza de 99.99% y baño selectivo en oro, lo cual deberá ser certificado en cada moneda por la casa acuñadora. El peso total de la moneda será de treinta y un gramos con cuatrocientos miligramos (31.400 g), y tendrá un diámetro de treinta y ocho milímetros con diez centésimos de milímetro (38.10 mm). Llevará las siguientes inscripciones: En el anverso, contendrá uno de los distintos diseños alusivos a los hitos más importantes en la historia del canal de Panamá, En el reverso, en el centro, el Escudo Nacional, en el contorno, en la parte superior, la frase REPUBLICA DE PANAMA; y en la parte inferior, el año de acuñación en cifras. El borde de la moneda será estriado. En consideración al proceso de acuñación de las monedas al que se refiere este artículo, estas podrán tener variaciones en diámetro o peso, dentro de un limíte o margen de tolerancia que en ningún caso podrá sobrepasar el 5% de las especificaciones aquí señaladas, así como en la cantidad. Artículo modificado por la Ley 34 de 17 de noviembre de 2014, Gaceta 27666 de 21 de noviembre de 2014.
Art. 1172-Ñ
Transitorio. Se crea, durante los años 2017 y 2018, por una sola vez, una colección de monedas de cuproníquel de circulación corriente de veinticinco centésimos de balboa (B/.0.25) en conmemoración del Bicentenario del natalicio de Justo Arosomena Quesada, por un valor nominal o facial de hasta un millón de balboas (B/.1 000 000.00). Cada moneda de circulación corriente tendrá una composición metálica tipo sándwich, con una capa superior e inferior compuesta por una aleación metálica de 75% cobre y 25% de níquel, y la capa intermedia será totalmente de cobre. El peso total de la moneda será de cinco gramos con seiscientos setenta miligramos (5.670 g) y tendrá un diámetro de veinticuatro milímetros con veintiséis centésimos de milímetros (24.26 mm). Llevará las siguientes inscripciones: en el anverso, contendrá un diseño con la efigie de Justo Arosomena Quesada y la mención del acontecimiento que se conmemora. En el reverso, en el centro, el Escudo Nacional; en el contorno, en la parte superior, la frase REPUBLICA DE PANAMA y, en la parte inferior, el año de acuñación en cifras. El borde de la moneda será estriado. En el anverso, la moneda de circulación conmemorativa al Bicentenario del natalicio de Justo Arosemena Quesada tendrá un diseño, así: en el centro, a colores, en alta resolución y que permita su uso en condiciones normales, el retrato con la efigie de Justo Arosemena Quesada; y en la parte inferior de la efigie, la siguiente leyenda: "1817-2017"; en el contorno, en la parte superior, hacia el borde de la moneda, la inscripción "Justo Arosemena Quesada", a renglón seguido la inscripción "Bicentenario de su natalicio" y, en la parte inferior, la denominación UN CUARTO DE BALBOA en letras. En el reverso, en el centro, el Escudo Nacional, en el contorno, en la parte superior, la frase REPUBLICA DE PANAMA y, en la parte inferior, el año de acuñación en cifras. El borde de la moneda será estriado. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante los años 2017 y 2018. para acuñar mil monedas de plata fina de ley con una pureza de 99.99% de calidad de prueba con denominación de veinte balboas (B/.20.00), adicional a la suma señalada en el párrafo precedente. Las monedas de calidad de prueba estarán empacadas en cápsulas de plástico de alta resistencia y transparente, y estas cápsulas, a su vez, en estuches para coleccionistas, que posean una terminación cónsona con la solemnidad de la ocasión que se conmemora. Cada moneda de calidad de prueba tendrá un contenido metálico de plata fina de ley con una pureza de 99.99%, lo cual deberá ser certificado en cada moneda por la casa acuñadora. El peso total de la moneda será de treinta y un gramos con cuatrocientos miligramos (31.400 g) y tendrá un diámetro de treinta y ocho milímetros con diez centésimos de milímetro (38.10 mm). En el anverso, contendrá el diseño alusivo al Bicentenario del natalicio de Justo Arosomena Quesada descrito para las monedas de circulación; no obstante, su acabado a color será cónsono con la calidad de prueba. En el reverso, en el centro, el Escudo Nacional; en el contorno, en la parte superior, la frase REPUBLICA DE PANAMA y, en la parte inferior, el año de acuñación en cifras. El borde de la moneda será estriado. En consideración al proceso de acuñación de las monedas a las que se refiere este artículo, estas podrán tener variaciones en diámetro o peso, dentro de un límite o margen de tolerancia que en ningún caso podrá sobrepasar el 5% de las especificaciones aquí señaladas, así como la cantidad. Artículo, vigencia restablecida por la Ley 63 de 3 de octubre de 2017, Gaceta 28379-B de 4 de octubre de 2017
Art. 1172-O
(Transitorio). Se crea, durante los años 2018 y 2019, por una sola vez, una colección de monedas de un balboa (B/.1.00), para resaltar la importancia de la Jornada Mundial de la Juventud, que se celebrará en Panamá en el año 2019, por un valor nominal o facial de hasta cuarenta millones de balboas (B/.40 000 000.00). Cada moneda de circulación corriente tendrá la composición metálica, peso, medidas de seguridad y dimensiones previstas para las monedas de un balboa (B/. 1.00) en el artículo 1179. Llevará las siguientes inscripciones: en el anverso, en el centro, contendrá una de las imágenes alusivas a las seis iglesias que componen el Casco Antiguo, así como otra que contendrá el logo oficial de la Jornada Mundial de la Juventud y, en la parte inferior del anverso, llevará el año de acuñación 2019. En el reverso, en el centro, el Escudo Nacional; en el contorno, en la parte superior, la frase REPUBLICA DE PANAMA y, en la parte inferior, la denominación UN BALBOA. En el anverso, los diseños a que hace referencia el párrafo anterior, son los siguientes: 1. Logo oficial de la Jomada Mundial de la Juventud 2019. 2. Imagen alusiva a la Catedral Basílica Santa María La Antigua. 3. Imagen alusiva a la Iglesia San Francisco de Asís. 4. Imagen alusiva a la Iglesia Nuestra Señora de La Merced. 5. Imagen alusiva a la Iglesia de San José, 6. Imagen alusiva a la Iglesia de Santa Ana. 7. Imagen alusiva al Oratorio San Felipe Neri. Esta acuñación consistirá en especímenes de calidad corriente y se acuñarán cuatro millones de monedas por cada uno de los seis diseños de los templos religiosos enunciados en el párrafo anterior, lo que totaliza una acuñación de veinticuatro millones de monedas de circulación corriente con imágenes en el anverso alusivas a las iglesias. Adicionalmente, se acuñarán dieciséis millones de monedas de circulación corriente que contendrán en su anverso el logo oficial de la Jornada Mundial de la Juventud 2019, de los cuales solo ocho millones serán acuñadas a color, en alta resolución y que permita su uso en condiciones normales. Entre ambas acuñaciones, se totaliza la suma de cuarenta millones de monedas de circulación corriente de un balboa (B/. 1.00). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante los años 2018 y 2019, para acuñar catorce mil monedas de calidad de prueba de plata fina de ley con baño selectivo de oro puro de veinte balboas (B/.2G.00), adicional a la suma señalada en los párrafos precedentes. Se acuñarán dos mil monedas de calidad de prueba de cada uno de los siete diseños autorizados. Las monedas de calidad de prueba estarán agrupadas en dos mil sets o estuches para coleccionistas, que posean una terminación cónsona con la solemnidad de la ocasión que se conmemora. Cada moneda de calidad de prueba tendrá un contenido metálico de plata fina de ley con una pureza de 99.99% y un baño selectivo de oro puro de 24 quilates, lo cual deberá ser certificado en cada moneda por la casa acuñadora. El peso total de la moneda será de treinta y un gramos con cuatrocientos miligramos (31,400g) y tendrá un diámetro de treinta y ocho milímetros con diez centésimos de milímetro (38.10 mm). Llevará en el anverso las mismas inscripciones y diseños que las monedas de circulación descritas en este artículo. En el reverso, en el centro, el Escudo Nacional, en el contorno, en la parte superior, la fiase REPUBLICA DE PANAMA y, en la parte inferior, la denominación VEINTE BALBOAS. En consideración al proceso de acuñación de las monedas al que se refiere este artículo, estas podrán tener variaciones en diámetro o peso, dentro de un límite o margen de tolerancia que en ningún caso podrá sobrepasar el 5% de las especificaciones aquí señaladas, así como en la cantidad. Artículo modificado por la Ley N. 78 de 01 de Diciembre de 2017, Gaceta 28419-B de 05 de Diciembre de 2017.