LIBRO CUARTO De las Obligaciones en General y de los Contratos TÍTULO IV Del Contrato de Compra y Venta CAPÍTULO IV De las Obligaciones del Vendedor

Artículo 1259

En las ventas judiciales nunca habrá lugar a la responsabilidad por daños y perjuicios; pero sí a todo lo demás dispuesto en los Artículos anteriores.

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