LIBRO CUARTO De las Obligaciones en General y de los Contratos TÍTULO II De los Contratos CAPÍTULO IV De la Interpretación de los Contratos

Artículo 1134

Cualquiera que sea la generalidad de los términos de un contrato, no deberán entenderse comprendidos en él cosas distintas y casos diferentes de aquellos sobre que los interesados se propusieren contratar.

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