LIBRO SEGUNDO De los Bienes y de su Dominio, Posesión, Uso y Goce TÍTULO X De las Servidumbres CAPÍTULO V De las Servidumbres Legales

Artículo 543

La servidumbre de acueducto no obsta para que el dueño del predio sirviente pueda cerrarlo y cercarlo, así como edificar sobre el mismo acueducto, de manera que éste no experimente perjuicio alguno, ni se imposibiliten las reparaciones y limpias necesarias.

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