Capítulo II Derechos de los titulares de datos personales

Artículo 25

Identificación de la información solicitada.

Cuando el responsable del tratamiento trate una gran cantidad de datos relativos al titular y éste ejercite su derecho de acceso sin especificar si se refiere a todos o a una parte de los datos, el responsable podrá solicitarle, antes de facilitar la información, que el afectado especifique los datos o actividades de tratamiento a los que se refiere la solicitud.

El responsable del tratamiento facilitará una copia de los datos personales objeto de tratamiento.

Cuando el interesado presente la solicitud por medios electrónicos, y a menos que éste solicite que se facilite de otro modo, la información se facilitará en un formato electrónico de uso común.

El responsable podrá percibir por cualquier otra copia solicitada por el interesado un canon razonable basado en los costes administrativos.

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Art. 23
Gratuidad de las actuaciones. Serán gratuitas las actuaciones llevadas a cabo por el responsable del tratamiento para atender las solicitudes de ejercicio de estos derechos, con las limitaciones que este decreto establece y las que dispongan leyes especiales en su caso.
Art. 24
Ejercicio del derecho de acceso del interesado. El titular de los datos tendrá derecho a obtener, del responsable del tratamiento, confirmación de si se están tratando o no datos personales que le conciernen. Si en efecto los datos están siendo tratados, el responsable del tratamiento le indicará lo siguiente: 1. Los fines del tratamiento. 2. Las categorías de datos personales de que se trate. 3. Los destinatarios o las categorías de destinatarios a los que se comunicaron o serán comunicados los datos personales. 4. El plazo previsto de conservación de los datos personales o, de no ser posible, los criterios utilizados para determinar este plazo. 5. El derecho al ejercicio de la rectificación o cancelación de datos personales, o a oponerse a dicho tratamiento, o a la portabilidad de los datos. 6. Si los datos personales no se han obtenido del interesado, cualquier información disponible sobre su origen. 7. La existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles a que se refiere la Ley 81 de 2019, y, al menos en tales casos, información significativa sobre la lógica aplicada, así como la importancia y las consecuencias previstas de dicho tratamiento para el titular.
Art. 26
Ejercicio del derecho de rectificación. Cuando el titular de los datos ejercite el derecho de rectificación deberá indicar en su solicitud a qué datos se refiere y la corrección que haya de realizarse. Deberá acompañar la documentación que sustente la inexactitud o el carácter incompleto de los datos objeto de tratamiento. El responsable del tratamiento comunicará cualquier rectificación de datos personales a cada uno de los destinatarios a los que se hayan comunicado los datos personales, salvo que sea imposible o exija un esfuerzo desproporcionado. El responsable informará al interesado acerca de dichos destinatarios, si así lo solicita.
Art. 27
Ejercicio del derecho de cancelación. Cuando el titular de los datos ejercite el derecho de cancelación deberá indicar en su solicitud a qué datos se refiere. Deberá acompañar, cuando sea preciso la documentación que sustente la cancelación. Procederá la cancelación cuando: 1. Los datos personales ya no sean necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados de otro modo. 2. El interesado retire el consentimiento en que se basa el tratamiento y este no se base en otro fundamento jurídico. 3. El interesado se oponga al tratamiento y no prevalezcan otros motivos legítimos para el tratamiento. 4. Los datos personales hayan sido tratados ilícitamente. 5. Los datos personales deban suprimirse para el cumplimiento de una obligación legal que se aplique al responsable del tratamiento. El responsable del tratamiento comunicará cualquier cancelación a cada uno de los destinatarios a los que se hayan comunicado los datos personales, salvo que sea imposible o exija un esfuerzo desproporcionado. El responsable informará al interesado acerca de dichos destinatarios, si así lo solicita.

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